Los excedentes producidos por paneles solares, pueden ser vertidos a la red. El volumen de instalaciones de paneles fotovoltaicos existentes en viviendas y negocios, crece de forma continua. La energía solar es una gran fórmula de suministro de energía para ahorrar siendo sostenibles. Sin embargo, el ahorro puede ser mayor del previsto puesto que, actualmente, es posible verter a la red eléctrica el excedente producido y recibir una compensación por ello.

Realizamos una visión global a la compensación de excesos generados. La compensación se realiza por parte de las empresas comercializadoras, pero para ello, hay que cumplir con unos requisitos. Por ello, en este artículo, vamos a realizar una síntesis de sus aspectos esenciales. Un marco normativo, regula todo el proceso y, por ello, es necesario conocer aquellas cuestiones de obligado cumplimiento.

Marco normativo regulador

El Real Decreto de abril de 2019 sobre condiciones para el autoconsumo, es la base. Esta normativa, vino a producir cambios e incorporaciones en las condiciones que disfrutaban las instalaciones fotovoltaicas. El propósito de las modificaciones llevadas a cabo, era estimular el uso de energías renovables y, de esta forma, disminuir el uso de energías fósiles. 

Las modificaciones normativas han dado lugar a un mayor ahorro solar. Para entender el trasfondo de todos los cambios que el real decreto de referencia ha provocado, debemos hacer una aproximación a ello.

  • Modificaciones de carácter colectivo. En este nuevo marco, las comunidades de vecinos, pueden disfrutar de una instalación fotovoltaica colectiva.
  • Los excedentes generados, podrán disfrutar de compensación. A través del cambio en la normativa, las comercializadoras compensarán el vertido. Ello se realizará a través de la factura de la vivienda. De esta forma, el disfrutar de una instalación, no solo beneficia por el consumo de la propia vivienda. 
  • Eliminación de barreras. Ya no serán una traba cuestiones como determinados impuestos o la obligación de que la vivienda tuviera un contador adicional. 
  • Eliminación de la limitación sobre la potencia instalada. Con carácter previo a la modificación de la normativa, la potencia contratada, debía superar a la disponible en el generador

Modalidades de autoconsumo

Dos tipos de autoconsumo. Entre los cambios que se han llevado a cabo, se incluye una distinción por tipo de autoconsumo. Las dos modalidades se distinguen por los excedentes, es decir, se puede diferenciar una instalación por ser con excedentes o sin excedentes.

Debemos comprender qué supone el vertido de excedentes. En el caso de la energía solar, representa a la cantidad de energía que, sin ser consumida, ha producido el sistema. Ante este excedente, se pueden producir dos situaciones, bien puede ser almacenada en una batería o, por otra parte, ser vertida a la red. En este segundo caso, vertiendo la cantidad generada excedente, se recibe una compensación por ello.

En el caso de verter el excedente a la red eléctrica, se percibe una compensación por ello

Existen diferentes modelos, en función de que sea autoconsumo con, o sin, excedentes. Por ello, profundizaremos analizando las diferentes clases que existen a fin de diferenciarlas correctamente. En primer lugar, observamos qué caracteriza a un modelo sin excedentes.

Instalaciones de autoconsumo sin excedentes

Las instalaciones con autoconsumo sin excedentes, impide el acceso a la red. Este tipo de modelo, carece del equipo apropiado para realizar un vertido a la red eléctrica. Por esta razón, la instalación no será capaz de realizar la operación y, por lo tanto, no será susceptible de la compensación. En el caso de que sea colectiva, existe la posibilidad de realizar una distribución de los excedentes entre los miembros de la comunidad.

En el caso de comunidades de vecinos, el excedente puede distribuirse entre los miembros de la comunidad

La solicitud de un autoconsumo sin excedentes, es más simple. A pesar de que representa un trámite más cómodo por determinadas exenciones en materia de permisos, no puede optar a la compensación. Por lo tanto, la comodidad se ve contrarrestada por una posible disminución del rendimiento económico de la instalación.

Instalaciones de autoconsumo con excedentes

Las instalaciones de autoconsumo con excedentes, se dividen a su vez en dos tipos. Por un lado, encontramos las instalaciones sin compensación simplificada. Por otro lado, existen las instalaciones que se encuentran acogidas a compensación. Esta última modalidad, también es conocida como instalación de compensación simplificada de excedentes.

Tipos de retribución por el vertido de excedentes

Una instalación sin compensación simplificada, no se recibe una compensación. En este supuesto, no se percibe una compensación puesto que se la energía que no ha sido consumida, es vendida. El precio de venta de la energía será el vigente del mercado. Para conocer los valores de referencia en materia de precios, hay que acudir a fuentes fiables como Red Eléctrica de España.

Una instalación sin compensación simplificada, resulta compleja. La problemática surge de los trámites a realizar. Es necesario gestionar un alta como productor eléctrico y, por lo tanto, se contraen obligaciones ante la Agencia Tributaria. Salvo los casos de grandes productores, no resulta la opción más óptima.

Una instalación sin compensación simplificada, conlleva obligaciones ante Agencia Tributaria

La compensación simplificada, permite la percepción de una compensación. Al igual que en el caso de las instalaciones sin compensación simplificada, se realiza el vertido a la red. Sin embargo, el beneficio sobre el usuario se realiza de distinta forma. A través de un descuento en la factura de la luz, la empresa comercializadora compensa el vertido. Esto supone que la energía solar supone un ahorro aún mayor para el cliente.

Comprender la diferencia entre las distintas formas de retribuir el vertido, es esencial. Es habitual encontrar la situación de personas que, por su desconocimiento, confunden la compensación con una venta de energía. Por lo tanto, debe distinguirse correctamente la forma en la que se retribuye la energía vertida a la red.

Identificar cada modalidad, evita la confusión entre compensación y venta de energía

Cómo ayuda el vertido a ahorrar en nuestra factura de la luz

La compensación nunca llega a convertirse en el abono de una cantidad. La compensación se realiza a través de una minoración del importe de la factura de la luz. Ante esta premisa, es necesario puntualizar que la compensación establece límites. Es decir, la mayor compensación que se puede disfrutar será una factura de cero euros. Por lo tanto, la limitación se establece en la energía consumida con  origen en la red eléctrica.

Nuestra instalación nos puede ayudar a reducir el importe de la factura de luz. A la luz de los efectos de la compensación, verter en la red nuestro excedente de energía producida, produce un descuento en la cantidad a abonar. Por lo tanto, disfrutar de paneles fotovoltaicos no solo nos ofrece energía verde si no que además, nos permite disminuir lo que pagamos.

Verter en la red nuestro excedente, nos ofrece una compensación en nuestra factura de luz

La empresa distribuidora se encarga de realizar las estimaciones para la compensación. Al término de cada mes, será esta entidad la que se encargue de monitorizar el contador. De esta forma, podrá identificar la energía vertida y la consumida con origen en la red eléctrica. A continuación, da traslado de esta información a la empresa comercializadora que es la que en última instancia, realiza la compensación.

Requisitos

Es necesario dar cumplimiento a unos requisitos para disfrutar de la compensación. En el caso de que la elección de una instalación solar para nuestro hogar incluya la compensación por excedentes, debemos considerar determinados aspectos. En el caso de no cumplirlos, no podremos disfrutar de los beneficios de la compensación por vertido de excedentes.

A continuación detallamos los preceptos que deben ser tenidos en consideración. La fuente de la energía, tiene que ser renovable. Al respecto de la potencia total, la instalación no podrá exceder de los 100kW. En el caso de la retribución, la instalación no podrá mantener una retribución de tipo adicional. Debe procederse al registro de un único contrato de compensación por el vertido de excedentes, de igual forma, sólo registrar un contrato con una única comercializadora.

Existen distintos requisitos que deben ser tenidos en consideración ante la compensación

Conclusión

Cumplir los requisitos es el punto de partida para las gestiones de tipo administrativo. Una vez que la instalación cumpla con aquellos preceptos que son necesarios según el marco normativo, da inicio la fase administrativa. En los trámites a realizar por la instalación de paneles solares, podemos distinguir gestiones a nivel estatal, autonómico, e incluso, local.

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